Psicología aplicada al derecho de la familia
Definiciones de familia (Oliva y Villa, 2014)
Concepción etimológica: La palabra se derivada del término famŭlus, que significa “siervo, esclavo”, o incluso del latín fames (hambre) “Conjunto de personas que se alimentan juntas en la misma casa y a los que un pater familias tiene la obligación de alimentar” (p. 12).
Concepción genérica: (Carbonell, José et al 2012, p.4) “la familia ha sido el lugar primordial donde se comparten y gestionan los riesgos sociales de sus miembros” (citado en Oliva y Villa, 2014).
Concepto biológico: La familia implica la vida en común de dos individuos de la especie humana, de sexo distinto, unidos con el fin de reproducir, y por ende de conservar la especie a través del tiempo (p.15).
Concepto psicológico: La familia implica un cúmulo de relaciones familiares integradas en forma principalmente sistémica, por lo que es considerada un subsistema social que hace parte del macro sistema social denominado sociedad; esas relaciones son consideradas como un elemento fundamental en el proceso de desarrollo de la personalidad (p.16).
Concepto económico: Constituye una institución que basa su existencia en la previsión de costos, gastos monetarios y de ingresos, que llevan a sus miembros, por ejemplo, a considerar a cada hijo como bienes de consumo o como generadores en presente de gastos de inversión que se proyectan como inversión a futuro (p.16).
Concepto sociológico: La Familia se constituye por una comunidad interhumana configurada al menos por tres miembros (p.16).
Concepto legal: La familia tiene una connotación que se encuentra supeditada a la normatividad misma y por el momento histórico en que se revise; el concepto de familia es dinámico y está en constante evolución. La definición legal de este término va a depender de la legislación de cada estado o país, y generalmente se encuentra ubicada en la constitución (p.17).
Historia
En la historia de la psicología aplicada al derecho de la familia, se encuentran entre las fechas más importantes las que se presentan a continuación (Muñoz y Rodríguez):
1939 Se crea la Institución de la Corte de Conciliación Familiar en Los Ángeles, para mediar los conflictos familiares. Aquí se empieza a ver la necesidad de incluir el ámbito familiar a la psicología jurídica.
En 1981, en España, el psicólogo era permanentemente permitido en los Tribunales Civiles debido a la modificación de Derecho Civil en el divorcio. De igual manera se instituyeron los Tribunales Familiares, en donde los psicólogos tomaron parte como los mediadores familiares.
En junio de 1982, en el Reino Unido, se realiza la Conferencia Internacional de Psicología Británica y Ley; y el Comité para Procedimientos Matrimoniales, promovió la mediación en los casos de divorcio y separación.
En 1983 Estados Unidos, en Michigan, una ley declara las características del mediador familiar, en conformidad con la Ley Californiana de 1981.
En Colombia: La Jurisdicción de familia nació en Colombia con el Decreto 2272 en 1989, decreto en el que se organiza la Jurisdicción de Familia, y se crean unos Despachos judiciales y se dictan otras disposiciones
Exponentes
Taborda 2000: Pone a la psicología jurídica de la familia como área importante para situaciones judiciales.
Furstengerg 2003: Expone que resulta bastante útil la indagación que hace la psicología jurídica de los nuevos fenómenos sociales que incluyen las relaciones familiares vigentes, evaluando las personas que hacen parte de ella (padres, madres, e hijos) su relación con los otros miembros familiares, su interacción y su desarrollo como ser humano integral.
Partes o personas intervinientes
Psicólogo Jurídico: Para casos de familia el profesional debe de tener conocimiento o ser especializado en temas de familia con el fin de aplicar la profesión al derecho de la familia.
Abogado defensor: Será el encargado de prestar sus servicios a las personas involucradas en el conflicto
Familia y personas cercanas a la misma, son las involucradas directa o indirectamente en el caso que se presenta.
Objetivo de estudio
La psicología aplicada al derecho de la familia no sólo debe evaluar cómo afecta a los miembros de la familia un hecho particular, sino que también puede diseñar programas que apunten a positivar situaciones difíciles que los menores u otros miembros de la familia deben afrontar (Colegio Oficial de Psicólogos, 1998).
Rol del psicólogo: Según (Hernandez, 2011, p. 74), en la jurisdicción de familia el psicólogo jurídico hace sus aportes en lo relacionado con:
La evaluación de posibles padres adoptantes e hijo adoptivo .
La evaluación del daño producto de la violencia intrafamiliar (también en lo penal).
Las nulidades del matrimonio por incapacidad o por vicios de consentimiento.
La intervención de los efectos psicológicos del divorcio y separación de hecho.
Ilustrando al juez en nuevas formas de comportamiento desadaptado en procesos familiares, como el caso del Síndrome de Alienación Parental.
La evaluación de la capacidad de los padres para la guarda y custodia de menores.
Referencias
Colegio oficial de Psicólogos. (1998) Perfiles profesionales del psicólogo. Mora, España
Hernández, G. (2011). Psicología jurídica iberoamericana. Bogotá, Colombia: Editorial El Manual Moderno Colombia.
Muñoz, E. Y Rodríguez, L. (SF). El desarrollo de la psicología Jurídica en Colombia desde la perspectiva de sus peritos y pioneros.
C.T.I. Fiscalía General de la Nación. Seccional Barranquilla
Oliva, E. y Villa, V. (2014). Hacia un concepto interdisciplinario de la familia en la globalización. Justicia Juris, 10 (1), pp. 11-20
Taborda, T. M. (2000). Psicología Jurídica: Un enfoque cognoscitivo. Medellín: Vieco.
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