viernes, 24 de noviembre de 2017

Psicología Penitenciaria






Psicología Penitenciaria 
La psicología penitenciaria se desenvuelve como su mismo nombre lo indica, con personas que están privados de la libertad por alguna causa jurídica, con los cuidadores y administrativos del lugar en cuestión.


Las funciones del psicólogo penitenciario son:
1. Rehabilitación (evitar repetición de conductas delictivas) 
2. Reinserción social (reintegración real y efectiva) 
3. Custodia de los reclusos 





DEFINICIÓN
 “Es un área o campo de acción de la psicología jurídica que se encarga de estudiar los fenómenos, relaciones, procesos y estructuras que se establecen dentro del marco penitenciario, generadas debido a que existen leyes que las crean, y que tienen como objetivo general tanto la rehabilitación social de los internos, como la determinación de las leyes informales que se crean en la institución, el estudio de los climas y atmosferas sociales correspondientes, y todos aquellos aspectos organizacionales generados por la propia institución penitenciaria” -(Clemente, 1997 citado por Clemente Díaz, M. 2011)



PSICOLOGÍA PENITENCIARIA EN COLOMBIA 
• 1974 se desarrolla la psicología jurídica con la unión del Instituto nacional de medicina legal y ciencias forenses, luego en la Universidad Catolica en Colombia Se abre una especialización que tiene como eje la criminalidad y la psicología.







Algunos de los exponentes colombianos de esta rama dela psicología son:

  • Victoria Eugenia Villegas Mejia (Colombia) (1974) Abrió la senda para los psicólogos en el peritaje y la experticia jurídica

 • Reinaldo Guiñazu (1976) “Organizó la especialidad forense en la Facultad de Psicología en la Universidad de san Buenaventura de Medellín, y un año y medio después, con Mercedes Loizo, en la Facultad de Psicología de la Universidad Católica de Colombia (Bogotá) impulsando por el entonces decano José Antonio Sánchez” (Vargas y Beltrán, 1993, citado por Muñoz & Rodriguez). 

  • Daniel Acosta 
  • Sociólogo
  • Coordinador de Investigaciones del Instituto Nacional Penitenciario (Inpec).
  • “Considera que la cárcel debe desaparecer, o sostenerse solo para delincuentes violentos reincidentes, con los que realmente la sociedad no tiene más remedio que el encierro, y estos delincuentes son el 30% de las personas que están en las prisiones” (El universal, 2012) 


PARTES O PERSONAS INTERVINIENTES
 • Población especial: internos penitenciarios 
 • Cuerpo de funcionarios: IMPEC vigilan se cumplan las normas formales 
 • Instituciones comunitarias: proporcionaran medidas educativas intensas con metodologías psicopedagógicas y pedagógicas generando un ambiente cercano al externo 
• Psicólogo y psicólogo jurídico



 OBJETO DE ESTUDIO 
• Generar un mejor ambiente en las prisiones entre las relaciones entre internos y con el personal puesto que se tienen a generar estereotipos hostiles uno del otro, ejemplo: internos crueles, taimados e indignos de confianza, y los internos al personal como petulante, despótico y mezquino, (Goffman ,1973 citado por Clemente Díaz, M. 2011) 


• Estudiar el microcosmos que se forma en los centros penitenciarios en cuanto a las relaciones.
 • Optimizar las relaciones y los ambientes, así como motivar el cumplimiento de las normas, evitar conflictos.
 • Rehabilitar y reinsertar, ejemplos: economía de fichas y contratos conductuales. 



RELACIÓN CON OTRAS DISCIPLINAS 
Psicología social: Explican la conducta social “experimentos”, dentro de las penitenciarias
Psicología del trabajo: Buscar un qué hacer para cuando se retoma la libertad “reinserción”
Psicología ambiental: Influencia del ambiente en el hombre “contexto”
Médicos: Atención
Abogados: Procesos de las personas que están privadas de la libertad
Trabajo social: Permite dar cuenta de la realidad social, informes sociales, tratamiento determinados delitos, abusos sexuales, drogodependencias y seguimiento y control de ex presidiarios 

ÁREAS Y LIMITACIONES, guiados por normativas es decir ley, trabajan procesos de reinserción social, brindando herramientas para que no reincidan a los delitos antes ejecutados. Clemente Díaz, M. (2011).




REFERENCIAS 

•Arce, R, Fariña, F y Novo, M. (2005). Psicología Jurídica. Galicia, España. Editorial los Autores 
•Clemente Díaz, M. (2011). Fundamentos y principios de psicología jurídica. Madrid: Ediciones Pirámide. Capitulo 14. Psicología jurídica penitenciaria.
•El Universal. (2012). “La cárcel debe desaparecer”: Daniel Acosta, del Inpec. Colombia. Periódico Editorial
•INPEC. (2016). Informe estadístico N. Colombia. MIN justicia 
•Muñoz, E; & Rodríguez, L. (s.f.). El desarrollo de la psicología jurídica en Colombia desde la perspectiva de sus peritos y pioneros. Recuperado el 10 de septiembre de 2017 dehttp://psicologiajuridica.org/psj189.html
•UNAL, (2017).Laboratorio de Psicología Jurídica, “José Ignacio Ruiz Perez”. Colombia. Universidad Nacional de Colombia.
•Perez, F, Manpaso, J y Bueno N. (2011). El psicólogo en prisiones en España. España: Universidad Camilo JoseCela 
•Ramón, A, Fariña, F y Novo, M. (2005). Psicología jurídica. España: Los autores. 



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