Psicología Penitenciaria
Las funciones del psicólogo penitenciario son:
1. Rehabilitación (evitar repetición de conductas delictivas)
2. Reinserción social (reintegración real y efectiva)
3. Custodia de los reclusos
DEFINICIÓN
“Es un área o campo de acción de la psicología jurídica que se encarga de estudiar los fenómenos, relaciones, procesos y estructuras que se establecen dentro del marco penitenciario, generadas debido a que existen leyes que las crean, y que tienen como objetivo general tanto la rehabilitación social de los internos, como la determinación de las leyes informales que se crean en la institución, el estudio de los climas y atmosferas sociales correspondientes, y todos aquellos aspectos organizacionales generados por la propia institución penitenciaria” -(Clemente, 1997 citado por Clemente Díaz, M. 2011)
PSICOLOGÍA PENITENCIARIA EN COLOMBIA
• 1974 se desarrolla la psicología jurídica con la unión del Instituto nacional de medicina legal y ciencias forenses, luego en la Universidad Catolica en Colombia Se abre una especialización que tiene como eje la criminalidad y la psicología.
Algunos de los exponentes colombianos de esta rama dela psicología son:
• Victoria Eugenia Villegas Mejia (Colombia) (1974) Abrió la senda para los psicólogos en el peritaje y la experticia jurídica
• Reinaldo Guiñazu (1976) “Organizó la especialidad forense en la Facultad de Psicología en la Universidad de san Buenaventura de Medellín, y un año y medio después, con Mercedes Loizo, en la Facultad de Psicología de la Universidad Católica de Colombia (Bogotá) impulsando por el entonces decano José Antonio Sánchez” (Vargas y Beltrán, 1993, citado por Muñoz & Rodriguez).
- Daniel Acosta
- Sociólogo
- Coordinador de Investigaciones del Instituto Nacional Penitenciario (Inpec).
- “Considera que la cárcel debe desaparecer, o sostenerse solo para delincuentes violentos reincidentes, con los que realmente la sociedad no tiene más remedio que el encierro, y estos delincuentes son el 30% de las personas que están en las prisiones” (El universal, 2012)
• Población especial: internos penitenciarios
• Cuerpo de funcionarios: IMPEC vigilan se cumplan las normas formales
• Instituciones comunitarias: proporcionaran medidas educativas intensas con metodologías psicopedagógicas y pedagógicas generando un ambiente cercano al externo
• Psicólogo y psicólogo jurídico
OBJETO DE ESTUDIO
• Generar un mejor ambiente en las prisiones entre las relaciones entre internos y con el personal puesto que se tienen a generar estereotipos hostiles uno del otro, ejemplo: internos crueles, taimados e indignos de confianza, y los internos al personal como petulante, despótico y mezquino, (Goffman ,1973 citado por Clemente Díaz, M. 2011)
• Estudiar el microcosmos que se forma en los centros penitenciarios en cuanto a las relaciones.
• Optimizar las relaciones y los ambientes, así como motivar el cumplimiento de las normas, evitar conflictos.
• Rehabilitar y reinsertar, ejemplos: economía de fichas y contratos conductuales.
RELACIÓN CON OTRAS DISCIPLINAS
• Psicología social: Explican la conducta social “experimentos”, dentro de las penitenciarias
• Psicología del trabajo: Buscar un qué hacer para cuando se retoma la libertad “reinserción”
• Psicología ambiental: Influencia del ambiente en el hombre “contexto”
• Médicos: Atención
• Abogados: Procesos de las personas que están privadas de la libertad
• Trabajo social: Permite dar cuenta de la realidad social, informes sociales, tratamiento determinados delitos, abusos sexuales, drogodependencias y seguimiento y control de ex presidiarios
ÁREAS Y LIMITACIONES, guiados por normativas es decir ley, trabajan procesos de reinserción social, brindando herramientas para que no reincidan a los delitos antes ejecutados. Clemente Díaz, M. (2011).
REFERENCIAS
•Arce, R, Fariña, F y Novo, M. (2005). Psicología Jurídica. Galicia, España. Editorial los Autores
•Clemente Díaz, M. (2011). Fundamentos y principios de psicología jurídica. Madrid: Ediciones Pirámide. Capitulo 14. Psicología jurídica penitenciaria.
•El Universal. (2012). “La cárcel debe desaparecer”: Daniel Acosta, del Inpec. Colombia. Periódico Editorial
•INPEC. (2016). Informe estadístico N. Colombia. MIN justicia
•Muñoz, E; & Rodríguez, L. (s.f.). El desarrollo de la psicología jurídica en Colombia desde la perspectiva de sus peritos y pioneros. Recuperado el 10 de septiembre de 2017 dehttp://psicologiajuridica.org/psj189.html
•UNAL, (2017).Laboratorio de Psicología Jurídica, “José Ignacio Ruiz Perez”. Colombia. Universidad Nacional de Colombia.
•Perez, F, Manpaso, J y Bueno N. (2011). El psicólogo en prisiones en España. España: Universidad Camilo JoseCela
•Ramón, A, Fariña, F y Novo, M. (2005). Psicología jurídica. España: Los autores.
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