miércoles, 22 de noviembre de 2017

Psicología Forense




Psicología Forense es definida por Urra (2002), como la ciencia que desarrolla la aplicación de todas las ramas de la Psicología ante los asuntos legales cooperando siempre con la Administración de Justicia. Su lugar de actuación es en el foro (tribunal) colaborando con el ejercicio del Derecho (citado en Arce, Fariña y Novo, 2005, p.57).

A continuación ilustramos una imagen que le ayudara a ver de un modo más global el tema de psicología forense, aqui encontrará:
1. Etimología

2. Autores o personajes relevantes que hablaron de psicología forense
3. Partes o personas intervinientes de este tema
4. Técnicas
5. Objeto de estudio






Ahora bien, con el fin de que entienda un poco más la imagen ilustrada anteriormente, debe tener en cuenta los siguientes términos: 

1. Inimputabilidad: El código penal en el articulo 33, dice que: Es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez
psicológica, trastorno mental, diversidad
sociocultural o estados similares(Gaviria, 2006, p.31-32).

2. Trastorno Mental: Según el articulo 33 del código penal, el trastorno mental es aquella condición psicopatológica en que se encuentra
el sujeto al tiempo del hecho, de suficiente amplitud, gravedad y afectación de las esferas cognoscitiva, volitiva o afectiva, que le impide ser consciente de la ilicitud de su conducta o determinarse conforme a dicha comprensión (Gaviria, 2006, p. 35)

3. Inmadurez Psicológica:El artículo 33 incluye la inmadurez psicológica como causal de inimputabilidad. Esta condición, del mismo
modo, anticipa que el inmaduro psicológico, cualquiera sea el caso pertinente (menores, sordomudos, algunas formas de retraso mental y ciertos subtipos de trastornos de inicio en la infancia, la niñez o la adolescencia), se encuentra en un estado que le imposibilita comprender la naturaleza ilícita del acto (Gaviria, 2006, p. 40)  

Ahora bien, con el fin de que se acerque un poco más a el rol del psicológo juridico en este campo, queremos ilustrarle un ejercicio que realizamos en los juzgados. Este lo presentamos a continuación:


Juzgados de Paloquemao
Audiencia de imputación de cargos
Audiencia
Formulación de imputación de Acto sexual con menos de 14 años.

Partes intervinientes:
ü  Juez
ü  Fiscal
ü  Acusado
ü  Secretario
ü  Fiscal

Juez
Comienza dando la apertura de la audiencia dando la fecha hora lugar con dirección y la clase de caso que se está tratando le pide a las partes que se presenten con cédula de ciudadanía y lugar de domicilio actual, excepto el asistente que es el secretario, le da la palabra al fiscal.

Hechos
El fiscal comienza a relatar los hechos gracias a las pruebas que obtiene por parte de la entrevista forense a la víctima, los exámenes fisicosexologica, las investigaciones  de la fiscalía y la pericia clínica forense.
Se comienza a relatar los hechos pero como se trata de una menos de edad y gracias al Código de infancia y adolescencia 1096 del 2006 donde este menor tiene derecho a su buen nombre será llamada por las iniciales de su nombre M.S.C.C.
Se acusa a Rafael Moreno de 30 años de edad por actos sexuales con menor de 14 años, quien presuntamente beso las partes erógenas de su hijastra de 4 años en el año 2014; estos hechos ocurrieron de la siguiente manera, hechos relatados por la víctima:  un domingo del año 2014 la pareja sentimental de ese entonces y madre de Sofía, Yudi Calderón se fue con su hijo pequeño Samuel, Sofía se quedó jugando en la sala con sus deditos, expresa que el apartamento es muy pequeño así que le gustaba estar en la sala, el señor Rafael estaba durmiendo ala habitación, acto siguiente Rafael llamo a la niña diciéndole que fuera hasta la habitación donde este se encontraba, Sofía fue él le dijo que se hiciera a un costado de la cama le bajo sus pantaloncitos y procedió a darle picos a sus partes íntimas a lo que Sofía le dijo que no le tocara sus partes íntimas y este le dijo que no pasaba nada; la niña relata que le temblaba el cuerpo y sentía calambres en las manos, acto seguido Rafael le sube los pantaloncitos y ella se va a la sala a seguir jugando, cuando la madre llego al apartamento nuevamente la niña no le dijo nada y le pide que le haga un huevo frito.
Finalizo añadiendo: Sofía expresa que estos actos los hizo un hombre alto, flaco de piel morena, cabelló largo y ojos feo; agrega de igual manera que este suceso solo le ocurrió una vez, en el Barrio Betania de la ciudad de Bogotá.

Fiscal:
Esto es la Etapa preliminar, usted señor Moreno le repito está acusado por Actos sexuales con menor de 14 años, esto tiene una pena de privación de la libertad entre 9 a 13 años, pero es su caso como usted es la ex pareja sentimental de Yudi Calderón madre de la víctima,  padre del hijo menor de ella y padrastro de la víctima tiene una agravación punitiva, por abuso de confianza, y por qué usted es parte de la unidad doméstica, ya que en el año 2014 usted vivía bajo el mismo techo, esta agravación le da una pena en prisión de 12 a 19 años y 6 meses.
Ahora usted está en todo su derecho de Aceptar los cargos, es una decisión que usted puede tomar con su plena facultad mental, asesoramiento de su abogado defensor, nadie lo está obligando, teniendo en cuenta que si los acepta no abra rebajas de pena ya que el código penal 1098 no lo permite, por1que se trata de abusos contra menores de 14 años, renuncia a algunos derechos, si usted acepta los cargos nos evitaríamos otras audiencias, en caso contrario usted está en derecho a mostrar sus debidas pruebas y seguir con la apelación por los actos que se le adjudican.

Juez
Damos paso a la intervención del abogado defensor.
Abogado
No tengo nada que decir.
Juez
Después de escuchar a la fiscalía quien explico claramente, usted puede allanar o aceptar cargos entendió Rafael
Acusado
Si
Juez en calidad de imputado usted tiene deberes ya que según el código 97 usted está en la prohibición de vender o exagerar cualquier bien inmueble que tenga ya sea casas, carros motos, no lo puede vender mientras este en proceso la investigación.
Puede seguir con el procedimiento con el que acepta o no cargos, usted está en el derecho de no incriminar a su familia o a usted mismo, ni juzgar, ni testificar, usted tiene el derecho de guardar silencio, estar acompañado de un abogado y de un juez de conocimiento.

Le realizare 3 preguntas:
1.¿Entendió sus derechos?
Acusado: si
2.¿Entiende en que consiste aceptar cargos?
Acusado: si
3. Si decide a aceptar los cargos recuerde que es una respuesta que puede tomar por asesoría de su abogado, o si ya tiene pleno conocimiento de la respuesta dígala de una vez.
Acusado: no acepto cargos
Juez: da la hora de terminación de la audiencia y da por cerrada la audiencia y paso a las nuevas audiencias que se pueden generar con el debido proceso.

Entrevista:
Fiscal
Eduardo Carvajal
¿Cuál es su función?
La función del fiscal es investigar la presunta comisión de conductas que reciban las características de un delito, investigar y acusar, ahora no siempre es acusar si efectivamente hay comisión de las conductas si tenemos inferencias significativas imputamos, si una vez tenemos la investigación y tenemos una probabilidad de verdad acusamos y llevamos efectivamente al imputado a juicio donde seguramente vamos a pedir condena, pero la función de la fiscalía constitucionalmente es investigar y acusar pero yo diría no siempre acusar, nosotros investigamos y puede que no tengamos ese estándar de conocimiento y o bien brindemos un principio de oportunidad  o bien solicitemos la percusión de la investigación.

¿Cuántos casos lleva en este momento? ¿Cuál ha sido el más difícil? ¿Tiene quien le ayude?
Aproximadamente 400 casos, todos son muy complejos ya que el 90% de los casos son con menores de edad y todos estos casos tienen un grado de complejidad inusitado, los otros también pero no tienen tanto grado de complejidad como con el de menores de edad.
n la fiscalía tenemos todo un equipo jurídico que está conformado por el fiscal este tiene un asistente que le ayuda con ciertos actos investigativos, porque ellos tienen ciertos límites en sus funciones por el policía judicial, un equipo de psicólogo forenses que se encargan de entrevistar menores que bien pueden ser víctimas o testigos presenciales o oyentes como al que la niña le conto que el papa la había abusado e investigadores que no son psicólogos pero se encargan de recibir entrevistas a los adultos  van al lugar de los hechos a recaudar material probatorio y a asistir el acto urgente.

¿Alguna vez has utilizado la ayuda de un psicólogo jurídico? ¿En qué caso?
Claro que si en todos los casos de niños, los psicólogos jurídicos nosotros los utilizamos, pero los psicólogos forense para que realicen las entrevistas forenses en todos los  casos que sean víctimas niños niñas y adolescentes, siempre hay un investigador que es psicólogo forense y es quien realiza la entrevista semi estructurada o estructurada ya en el juicio los fiscales llaman a los psicólogos para que ellos sustenten su informe pericial o las entrevistas, por otro lado hay psicólogos que son invitados para acreditar la existencia del daño y la conducta punible.

¿Para usted que es psicología jurídica?
Psicología jurídica no sé si equipararlo al termino  psicología forense,  ya que para nosotros estos son los funcionarios idóneos para extraer de los menores  todos los hechos jurídicamente relevantes para poder usarlos en el informe pericial; también los usamos para todo ese tema de procedimientos terapéuticos para tratar el trauma que genera toda esta situación o el efecto postraumático.

Abogado defensor
Luis Ortiz

¿Cuál es su función?
Defender

¿Cuántos casos lleva en este momento? ¿Cuál ha sido el más difícil? ¿Tiene quien le ayude?
Estoy en una unidad de descongestión que solo asisto a las imputaciones, y de ahí se reparte a un abogado de imputación que va a llevar el caso hasta el final. Todos los casos tienen el mismo nivel de complejidad y como le digo que solo acudo a la primera instancia.
Tengo personas que me ayuda a averiguar algunas fechas o temas muy puntuales pero en general nadie me ayuda.

¿Alguna vez has utilizado la ayuda de un psicólogo jurídico? ¿En qué caso?
No, no he utilizado, solo asesorías.

¿Para usted que es psicología jurídica?
Tiene que ver con algo del actuar jurídico de todos sus actores bien sea la parte de los operadores judicial el juez está en una situación de psicología diferente de la que está el fiscal, o diferente al que tiene el defensor, y mucho más el que tiene el imputado de derecho, entonces la psicología jurídica trata de adecuar uno por uno su comportamiento y hacer de uno solo para poder armonizar la situación.

Juez de control de garantías
Eduardo Muñoz

¿Cuál es su función?
Mi función es garantizarles a todas las personas que estén privadas de la libertad y no solo esas personas son todas las personas que estén vinculadas en un proceso penal, debo hacerles respetar los derechos fundamentales dentro del proceso.

¿Cuántos casos lleva en este momento? ¿Cuál ha sido el más difícil? ¿Tiene quien le ayude?
Nosotros los jueces de garantía no nos quedamos con procesos, hacemos una audiencia la atendemos y se le anexa a carpeta para el juez que lleva este proceso.
Quien me ayuda es la secretaria

¿Alguna vez has utilizado la ayuda de un psicólogo jurídico? ¿En qué caso?
En estas audiencias no se da la ayuda de un psicólogo jurídico, se da en los juicios

¿Para usted que es psicología jurídica?
Es lo q le permite precisamente al juez a través  de un dictamen pericial, quien lo hace un perito especializado que es un psicólogo especializado en la materia de psicología jurídica que le va  a dar ciertos elementos, que le va a explicar el tema ya que el juez no es psicólogo no es médico, etc., Él se vale de esas ciencias pero a través de expertos, nos dan bases y explicaciones para nosotros tomarlas en cuenta.

Policía judicial  
Sandra Leguizamón

¿Cuál es su función?
Hacer todo lo que tiene que ver con trabajo de campo, entrevistas, investigaciones, procesos judiciales, todas las órdenes que emiten los fiscales en la URI (Unidad de Reacción Inmediata) llegan los delitos y nosotros actuamos en el momento.

¿Cuántos casos lleva en este momento? ¿Cuál ha sido el más difícil? ¿Tiene quien le ayude?
Tengo 24 órdenes de policía judicial, lo hago yo sola, los casos de homicidio o con los menores de edad, violaciones son los que tienen un poco más de complejidad.

¿Alguna vez has utilizado la ayuda de un psicólogo jurídico? ¿En qué caso?
No utilizamos psicólogos jurídicos.

¿Para usted que es psicología jurídica?
La ayuda del profesional en psicología, en los casos de acto sexual en menores, ya que es un delito bastante complejo y delicado, casos de violaciones.





Referencias

Arce, R., Fariña, F. y Novo, M. (2005). Psicología Jurídica. Recuperado de: 

https://www.researchgate.net/profile/Ramon_Arce/publication/288670812_Psicologia_juridica/links/5683079b08aebccc4e0e1f6e/Psicologia-juridica.pdf 

Gaviria, J. (2006). La inimputabilidad: Concepto y alcance en el código penal colombiano. Revista Colombiana de Psiquiatria, 34 (1).pp- 26-48.


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