Psicología Forense es definida por Urra (2002), como la ciencia que desarrolla la aplicación de todas las ramas de la Psicología ante los asuntos legales cooperando siempre con la Administración de Justicia. Su lugar de actuación es en el foro (tribunal) colaborando con el ejercicio del Derecho (citado en Arce, Fariña y Novo, 2005, p.57).
A continuación ilustramos una imagen que le ayudara a ver de un modo más global el tema de psicología forense, aqui encontrará:
1. Etimología
2. Autores o personajes relevantes que hablaron de psicología forense
3. Partes o personas intervinientes de este tema
4. Técnicas
5. Objeto de estudio
Ahora bien, con el fin de que entienda un poco más la imagen ilustrada anteriormente, debe tener en cuenta los siguientes términos:
1. Inimputabilidad: El código penal en el articulo 33, dice que: Es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez
psicológica, trastorno mental, diversidad
sociocultural o estados similares(Gaviria, 2006, p.31-32).
el sujeto al tiempo del hecho, de suficiente amplitud, gravedad y afectación de las esferas cognoscitiva, volitiva o afectiva, que le impide ser consciente de la ilicitud de su conducta o determinarse conforme a dicha comprensión (Gaviria, 2006, p. 35)
3. Inmadurez Psicológica:El artículo 33 incluye la inmadurez psicológica como causal de inimputabilidad. Esta condición, del mismo
modo, anticipa que el inmaduro psicológico, cualquiera sea el caso pertinente (menores, sordomudos, algunas formas de retraso mental y ciertos subtipos de trastornos de inicio en la infancia, la niñez o la adolescencia), se encuentra en un estado que le imposibilita comprender la naturaleza ilícita del acto (Gaviria, 2006, p. 40)
Ahora bien, con el fin de que se acerque un poco más a el rol del psicológo juridico en este campo, queremos ilustrarle un ejercicio que realizamos en los juzgados. Este lo presentamos a continuación:
Juzgados
de Paloquemao
Audiencia
de imputación de cargos
Audiencia
Formulación de imputación de Acto sexual con menos
de 14 años.
Partes
intervinientes:
ü Juez
ü Fiscal
ü Acusado
ü Secretario
ü Fiscal
Juez
Comienza dando la apertura de la audiencia dando la
fecha hora lugar con dirección y la clase de caso que se está tratando le pide
a las partes que se presenten con cédula de ciudadanía y lugar de domicilio
actual, excepto el asistente que es el secretario, le da la palabra al fiscal.
Hechos
El
fiscal comienza a relatar los hechos gracias a las pruebas
que obtiene por parte de la entrevista forense a la víctima, los exámenes
fisicosexologica, las investigaciones de
la fiscalía y la pericia clínica forense.
Se comienza a relatar los hechos pero como se trata
de una menos de edad y gracias al Código de infancia y adolescencia 1096 del
2006 donde este menor tiene derecho a su buen nombre será llamada por las
iniciales de su nombre M.S.C.C.
Se acusa a Rafael Moreno de 30 años de edad por
actos sexuales con menor de 14 años, quien presuntamente beso las partes
erógenas de su hijastra de 4 años en el año 2014; estos hechos ocurrieron de la
siguiente manera, hechos relatados por la víctima: un domingo del año 2014 la pareja sentimental
de ese entonces y madre de Sofía, Yudi Calderón se fue con su hijo pequeño
Samuel, Sofía se quedó jugando en la sala con sus deditos, expresa que el
apartamento es muy pequeño así que le gustaba estar en la sala, el señor Rafael
estaba durmiendo ala habitación, acto siguiente Rafael llamo a la niña
diciéndole que fuera hasta la habitación donde este se encontraba, Sofía fue él
le dijo que se hiciera a un costado de la cama le bajo sus pantaloncitos y
procedió a darle picos a sus partes íntimas a lo que Sofía le dijo que no le
tocara sus partes íntimas y este le dijo que no pasaba nada; la niña relata que
le temblaba el cuerpo y sentía calambres en las manos, acto seguido Rafael le
sube los pantaloncitos y ella se va a la sala a seguir jugando, cuando la madre
llego al apartamento nuevamente la niña no le dijo nada y le pide que le haga
un huevo frito.
Finalizo añadiendo: Sofía expresa que estos actos
los hizo un hombre alto, flaco de piel morena, cabelló largo y ojos feo; agrega
de igual manera que este suceso solo le ocurrió una vez, en el Barrio Betania
de la ciudad de Bogotá.
Fiscal:
Esto es la Etapa preliminar, usted señor Moreno le
repito está acusado por Actos sexuales con menor de 14 años, esto tiene una
pena de privación de la libertad entre 9 a 13 años, pero es su caso como usted
es la ex pareja sentimental de Yudi Calderón madre de la víctima, padre del hijo menor de ella y padrastro de
la víctima tiene una agravación punitiva, por abuso de confianza, y por qué
usted es parte de la unidad doméstica, ya que en el año 2014 usted vivía bajo
el mismo techo, esta agravación le da una pena en prisión de 12 a 19 años y 6
meses.
Ahora usted está en todo su derecho de Aceptar los
cargos, es una decisión que usted puede tomar con su plena facultad mental,
asesoramiento de su abogado defensor, nadie lo está obligando, teniendo en
cuenta que si los acepta no abra rebajas de pena ya que el código penal 1098 no
lo permite, por1que se trata de abusos contra menores de 14 años, renuncia a
algunos derechos, si usted acepta los cargos nos evitaríamos otras audiencias,
en caso contrario usted está en derecho a mostrar sus debidas pruebas y seguir
con la apelación por los actos que se le adjudican.
Juez
Damos paso a la intervención del abogado defensor.
Abogado
No tengo nada que decir.
Juez
Después de escuchar a la fiscalía quien explico
claramente, usted puede allanar o aceptar cargos entendió Rafael
Acusado
Si
Juez
en
calidad de imputado usted tiene deberes ya que según el código 97 usted está en
la prohibición de vender o exagerar cualquier bien inmueble que tenga ya sea
casas, carros motos, no lo puede vender mientras este en proceso la
investigación.
Puede seguir con el procedimiento con el que acepta
o no cargos, usted está en el derecho de no incriminar a su familia o a usted
mismo, ni juzgar, ni testificar, usted tiene el derecho de guardar silencio,
estar acompañado de un abogado y de un juez de conocimiento.
Le realizare 3 preguntas:
1.¿Entendió sus derechos?
Acusado: si
2.¿Entiende en que consiste aceptar
cargos?
Acusado: si
3. Si decide a aceptar los cargos
recuerde que es una respuesta que puede tomar por asesoría de su abogado, o si
ya tiene pleno conocimiento de la respuesta dígala de una vez.
Acusado:
no acepto cargos
Juez:
da la hora de terminación de la audiencia y da por cerrada la audiencia y paso
a las nuevas audiencias que se pueden generar con el debido proceso.
Entrevista:
Fiscal
Eduardo
Carvajal
¿Cuál
es su función?
La función del fiscal es investigar la presunta
comisión de conductas que reciban las características de un delito, investigar
y acusar, ahora no siempre es acusar si efectivamente hay comisión de las
conductas si tenemos inferencias significativas imputamos, si una vez tenemos
la investigación y tenemos una probabilidad de verdad acusamos y llevamos
efectivamente al imputado a juicio donde seguramente vamos a pedir condena,
pero la función de la fiscalía constitucionalmente es investigar y acusar pero
yo diría no siempre acusar, nosotros investigamos y puede que no tengamos ese
estándar de conocimiento y o bien brindemos un principio de oportunidad o bien solicitemos la percusión de la
investigación.
¿Cuántos
casos lleva en este momento? ¿Cuál ha sido el más difícil? ¿Tiene quien le
ayude?
Aproximadamente 400 casos, todos son muy complejos
ya que el 90% de los casos son con menores de edad y todos estos casos tienen
un grado de complejidad inusitado, los otros también pero no tienen tanto grado
de complejidad como con el de menores de edad.
n la fiscalía tenemos todo un equipo jurídico que
está conformado por el fiscal este tiene un asistente que le ayuda con ciertos
actos investigativos, porque ellos tienen ciertos límites en sus funciones por
el policía judicial, un equipo de psicólogo forenses que se encargan de
entrevistar menores que bien pueden ser víctimas o testigos presenciales o
oyentes como al que la niña le conto que el papa la había abusado e
investigadores que no son psicólogos pero se encargan de recibir entrevistas a
los adultos van al lugar de los hechos a
recaudar material probatorio y a asistir el acto urgente.
¿Alguna
vez has utilizado la ayuda de un psicólogo jurídico? ¿En qué caso?
Claro que si en todos los casos de niños, los
psicólogos jurídicos nosotros los utilizamos, pero los psicólogos forense para
que realicen las entrevistas forenses en todos los casos que sean víctimas niños niñas y adolescentes,
siempre hay un investigador que es psicólogo forense y es quien realiza la
entrevista semi estructurada o estructurada ya en el juicio los fiscales llaman
a los psicólogos para que ellos sustenten su informe pericial o las entrevistas,
por otro lado hay psicólogos que son invitados para acreditar la existencia del
daño y la conducta punible.
¿Para
usted que es psicología jurídica?
Psicología jurídica no sé si equipararlo al
termino psicología forense, ya que para nosotros estos son los
funcionarios idóneos para extraer de los menores todos los hechos jurídicamente relevantes
para poder usarlos en el informe pericial; también los usamos para todo ese
tema de procedimientos terapéuticos para tratar el trauma que genera toda esta
situación o el efecto postraumático.
Abogado
defensor
Luis
Ortiz
¿Cuál
es su función?
Defender
¿Cuántos
casos lleva en este momento? ¿Cuál ha sido el más difícil? ¿Tiene quien le
ayude?
Estoy en una unidad de descongestión que solo asisto
a las imputaciones, y de ahí se reparte a un abogado de imputación que va a
llevar el caso hasta el final. Todos los casos tienen el mismo nivel de
complejidad y como le digo que solo acudo a la primera instancia.
Tengo personas que me ayuda a averiguar algunas
fechas o temas muy puntuales pero en general nadie me ayuda.
¿Alguna
vez has utilizado la ayuda de un psicólogo jurídico? ¿En qué caso?
No, no he utilizado, solo asesorías.
¿Para
usted que es psicología jurídica?
Tiene que ver con algo del actuar jurídico de todos
sus actores bien sea la parte de los operadores judicial el juez está en una
situación de psicología diferente de la que está el fiscal, o diferente al que
tiene el defensor, y mucho más el que tiene el imputado de derecho, entonces la
psicología jurídica trata de adecuar uno por uno su comportamiento y hacer de
uno solo para poder armonizar la situación.
Juez
de control de garantías
Eduardo Muñoz
¿Cuál
es su función?
Mi función es garantizarles a todas las personas que
estén privadas de la libertad y no solo esas personas son todas las personas
que estén vinculadas en un proceso penal, debo hacerles respetar los derechos
fundamentales dentro del proceso.
¿Cuántos
casos lleva en este momento? ¿Cuál ha sido el más difícil? ¿Tiene quien le
ayude?
Nosotros los jueces de garantía no nos quedamos con
procesos, hacemos una audiencia la atendemos y se le anexa a carpeta para el
juez que lleva este proceso.
Quien me ayuda es la secretaria
¿Alguna
vez has utilizado la ayuda de un psicólogo jurídico? ¿En qué caso?
En estas audiencias no se da la ayuda de un
psicólogo jurídico, se da en los juicios
¿Para
usted que es psicología jurídica?
Es lo q le permite precisamente al juez a
través de un dictamen pericial, quien lo
hace un perito especializado que es un psicólogo especializado en la materia de
psicología jurídica que le va a dar
ciertos elementos, que le va a explicar el tema ya que el juez no es psicólogo
no es médico, etc., Él se vale de esas ciencias pero a través de expertos, nos
dan bases y explicaciones para nosotros tomarlas en cuenta.
Policía
judicial
Sandra
Leguizamón
¿Cuál
es su función?
Hacer todo lo que tiene que ver con trabajo de
campo, entrevistas, investigaciones, procesos judiciales, todas las órdenes que
emiten los fiscales en la URI (Unidad de Reacción Inmediata) llegan los delitos
y nosotros actuamos en el momento.
¿Cuántos
casos lleva en este momento? ¿Cuál ha sido el más difícil? ¿Tiene quien le
ayude?
Tengo 24 órdenes de policía judicial, lo hago yo
sola, los casos de homicidio o con los menores de edad, violaciones son los que
tienen un poco más de complejidad.
¿Alguna
vez has utilizado la ayuda de un psicólogo jurídico? ¿En qué caso?
No utilizamos psicólogos jurídicos.
¿Para
usted que es psicología jurídica?
La ayuda del profesional en psicología, en los casos
de acto sexual en menores, ya que es un delito bastante complejo y delicado,
casos de violaciones.
Arce, R., Fariña, F. y Novo, M. (2005). Psicología Jurídica. Recuperado de:
https://www.researchgate.net/profile/Ramon_Arce/publication/288670812_Psicologia_juridica/links/5683079b08aebccc4e0e1f6e/Psicologia-juridica.pdf
Gaviria, J. (2006). La inimputabilidad: Concepto y alcance en el código penal colombiano. Revista Colombiana de Psiquiatria, 34 (1).pp- 26-48.
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